Podemos encontrarnos diversas supuestos:
1. Sospecha
clínica de intoxicación con indicación clínica en situaciones de urgencia
En este caso y bajo criterio médico, se realizará la extracción
de sangre y orina.
2. Indicación por repercusión
médico-legal
2.1. Paciente
/ usuario que viene acompañado por algún miembro de las fuerzas de seguridad del Estado o de
las Comunidades Autónomas o Municipales debidamente acreditado
2.1.1. A petición del paciente
para realización de contraanálisis
2.1.2. A petición de las fuerzas de
seguridad
- Paciente
consciente: si acepta la determinación de tóxicos se le realizará
- Paciente
inconsciente: en este caso la determinación de sustancias tóxicas de
cualquier
tipo (alcohol
etílico, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias
análogas)
se realizará conforme únicamente a criterios clínicos
2.1.3. A petición Judicial. No
procede el consentimiento del paciente
2.2 Paciente / usuario que permanece en las instalaciones del
centro sanitario asistido por un accidente de circulación
2.2.1. Fuerzas de seguridad: En este caso
se realizará lo solicitado si el afectado consiente
2.2.2. Orden Judicial
El Hospital Clínico San Carlos ha editado este protocolo / guía de actuación para los casos de determinación de tóxicos (alcohol etílico y sustancias de abuso) en usuarios de vehículos que tienen repercusiones médico-legales. Es una herramienta ágil, sencilla y adaptada a la práctica asistencial diaria, que garantiza la actuación conforme a la normativa vigente.
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